Proyectos Educativos

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viernes, 2 de noviembre de 2012

CREACIÓN DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS


Para la creación de un establecimiento educativo (colegio, academia, etc.) lo primero que se debe realizar es un diagnóstico sobre el lugar en donde se quiere aperturar, la oferta y demanda escolar, etc. El nombre de la institución es de acuerdo a la filosofía que lo fundamenta.
Las bases legales para crear una institución educativa las encontramos en el artículo 73 de la Constitución de la República de Guatemala y en los artículos 23 y 25 de la Ley de Educación Nacional.
Según la cantidad y/o el tipo de asociación esta puede darse como: Individual, Colectiva, Sociedad Anónima, Cooperativa, etc.
Para iniciar los requisitos de apertura ente el Ministerio de Educación se necesita un Acta de Constitución del establecimiento la cual la realiza un Abogado. El costo aproximado de los trámites de apertura, iniciando desde el acta de constitución es de Q. 2,845.00 aproximadamente.
El informe que debe presentarse al MINEDUC incluye:
  • Nómina de personal: administrativo y docente.
  • Pensum de estudios: plan educativo, reglamento, plan de orientación, psicológico-técnico.
  • Acta de constitución.
  • Capitales: mobiliario, renta de la institución, mantenimiento.
  • Perfiles: director, docente, ingreso, egreso.

El informe consta de 170 hojas y se presenta al MINEDUC en el mes de enero y la fecha última para el trámite es el 29 de agosto.

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